La sociedad hondureña celebra la aprobación de la Ley de Prevención, Atención y
Protección de las Personas Desplazadas Internamente y como sociedad civil nos
enorgullece haber sido parte del esfuerzo interinstitucional para la creación y posterior aprobación de esta importante legislación. La aprobación de esta Ley es un paso significativo para combatir el desplazamiento forzado en Honduras y proteger los derechos de las personas desplazadas forzadamente.
Esta ley ha sido impulsada por la colaboración y el esfuerzo de diversas organizaciones de sociedad civil, iglesias, líderes comunitarios, activistas, organismos internacionales, instituciones públicas, personas desplazadas forzadamente y ciudadanos conscientes de la necesidad de proteger y garantizar los derechos de las personas desplazadas forzadamente y en riesgo de desplazamiento interno.
Esta Ley representa un logro importante en la generación de políticas públicas, contra el desplazamiento forzado en Honduras, proporcionando un marco normativo e institucional integral de respuesta, estableciendo mecanismos de prevención, protección y soluciones duraderas.
La Sociedad Civil reconoce los desafíos inmediatos que implica la entrada en vigencia
de esta Ley, por lo que insta al Estado a crear una hoja de ruta, para la correcta
implementación de la misma y sobre todo, para la atención inmediata de las personas desplazadas forzadamente, por lo que es urgente:
● Convocar a las diferentes instituciones para la integración de la Comisión
Interinstitucional para la Protección de las Personas Desplazadas Forzadamente
(CIPPDEF).
● Organizar y fortalecer las capacidades de la Dirección de las Personas
Desplazadas Forzadamente, adscrita a la Secretaría de Derechos Humanos.
● Implementar el Registro Único de Personas Desplazadas Forzadamente
(RUPDEF).
● Iniciar el proceso para la elaboración del Reglamento General de la Ley, que
conforme al decreto publicado, debe ser emitido dentro de los 6 meses de
entrada en vigor de la Ley. El mismo requerirá una participación amplia de los
diferentes sectores, tomando en consideración la opinión de las personas
desplazadas forzadamente.
● Asignar los recursos financieros que establece esta Ley, y reglamentar lo
relacionado al uso efectivo y transparente, difusión, que incluya la veeduría de
actores de la sociedad civil y organismos internacionales.
En cuanto a la participación de la Sociedad Civil para integrar la Comisión Interinstitucional para la Protección de las Personas Desplazadas Forzadamente
(CIPPDEF), demandamos la convocatoria amplia y suficiente para la realización de la
asamblea pública, de elección de los representantes.
La Sociedad Civil Organizada seguirá trabajando para garantizar que esta Ley se
implemente de manera efectiva y que las personas desplazadas forzadamente en
Honduras reciban la atención y protección necesarias para reconstruir sus vidas y
recuperar sus derechos.
Asociación Jóvenes Contra La Violencia (JCVH)
Centro de Desarrollo Humano (CDH)
Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH)
CRISTOSAL.
Comisión de Acción Social Menonitas (CASM)
Coordinadora de Instituciones Privadas pro las Niñas, Niños, Adolescentes, Jóvenes y
sus derechos (COIPRODEN)
Equipo de Reflexión e Investigación de la Compañía de Jesús (ERIC-SJ)
Foro Nacional Para Las Migraciones en Honduras (FONAMIH)
Movimiento Nacional de Juventudes Hondureñas (MONJUH)
Pastoral de Movilidad Humana/Hermanas Scalabrinianas
Plan Internacional
World Vision Honduras
Tegucigalpa M.DC 13 de abril del 2023